Colegiatura periodistica y Derechos Humanos
DOI:
https://doi.org/10.7764/cdi.3.908Resumen
El 13 de noviembre de 1985 la Corte Interamericana de Derechos Humanos, mediante el voto unánime de sus seis jueces, emitió una opinión consultiva declarando "que la colegiación obligatoria de periodistas, en cuanto impida el acceso de cualquier persona al uso pleno de los medios de comunicación social como vehículo para expresarse o para transmitir información, es incompatible con el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos". También por unanimidad declaró que la ley del Colegio de Periodistas de Costa Rica, "en cuanto impide a ciertas personas el pertenecer al Colegio de Periodistas y, por consiguiente, el uso pleno de los medios de domunicación social como vehículo para expresarse y transmitir información es también incomptible con el artículo 13 de la Convención mencionada"...
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Publicado
1986-12-31
Cómo citar
Sole, L. A. (1986). Colegiatura periodistica y Derechos Humanos. Cuadernos.Info, (3). https://doi.org/10.7764/cdi.3.908
Número
Sección
TEMAS GENERALES