CHILE. Ministerio de Desarrollo Social -Resolución N°349- Instruye un procedimiento administrativo para iniciar el proceso de consulta previa de las medidas que indica, y convoca a los pueblos indígenas y del pueblo tribal afrodescendiente chileno.

Autores/as

  • Equipo Editorial- Boletín Jurídico Observatorio de libertad religiosa de América Latina y El Caribe

Palabras clave:

pueblos originarios, comunidades indígenas, convenio 169 OIT

Resumen

CHILE. Ministerio de Desarrollo Social -Resolución N°349- Instruye un procedimiento administrativo para iniciar el proceso de consulta previa, y convoca a los pueblos indígenas y del pueblo tribal afrodescendiente chileno.

La Resolución instruye un procedimiento administrativo para dar inicio al Proceso de Consulta Previa de las medidas relativas a modificar la regulación general del Proceso de Consulta Previa y dotar, para estos efectos, de un solo instrumento a los pueblos indígenas y al Pueblo Tribal Afrodescendiente Chileno.

Fuente: www.diariooficial.cl

 

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Publicado

2024-10-17

Número

Sección

CHILE - NORMAS JURÍDICAS